
Erick Atehortúa – Valencia
El pasado 8 de septiembre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo estimó parcialmente el recurso presentado por Iustitia Europa y Vox contra determinados efectos electorales vinculados a la conocida como Ley de Nietos, cuya aplicación se desarrolló a partir de una instrucción aprobada en 2022 por Sofía Puente. La medida facilitó la nacionalización de descendientes de españoles exiliados y abrió la posibilidad de que nuevos ciudadanos, incluidos aquellos que residen fuera de España, pudieran incorporarse al censo electoral. La resolución se enmarca en la disputa de ambas formaciones políticas con la Junta Electoral Central (JEC) por la gestión de las inscripciones de los ciudadanos nacionalizados.
La portavoz de Vox en el Congreso, Pepa Millán, celebró la decisión judicial y defendió que la resolución supone un freno a lo que su formación considera un uso electoral de la normativa. El dirigente insistió en que su partido había advertido sobre los efectos que podía tener la ampliación del censo y sostuvo que el procedimiento debía garantizar la legalidad y la transparencia de las inscripciones.
La decisión del Supremo se centra en determinados aspectos de la incorporación al censo electoral de los ciudadanos nacionalizados al amparo de la Ley de Memoria Democrática. El fallo afecta específicamente a quienes residen en el extranjero y se acogieron a la instrucción de 2022, conocida como “instrucción Puente”. De este modo, la resolución no supone una anulación general de la Ley de Nietos, sino que limita algunos de sus efectos en el ámbito electoral.
Toque de atención a la JEC
La controversia también afecta a la actuación de la Junta Electoral Central, cuya interpretación de los procedimientos de inscripción había sido cuestionada por los recurrentes. En julio, el organismo se pronunció sobre la gestión de estas inscripciones, en un contexto marcado por las discrepancias entre las formaciones políticas y las autoridades electorales acerca de los requisitos aplicables a los nuevos ciudadanos.
La resolución del Supremo introduce así un nuevo elemento en el debate sobre las garantías del censo electoral y el alcance de las instrucciones administrativas. El conflicto gira en torno a cómo deben aplicarse los procedimientos de inscripción y a qué condiciones deben ajustarse los ciudadanos nacionalizados que viven fuera de España para ejercer su derecho al voto.
La Ley de Memoria Democrática, aprobada en 2022, permitió que determinados descendientes de exiliados españoles solicitaran la nacionalidad española. La medida abrió una vía para que personas con vínculos familiares con España pudieran adquirir la ciudadanía, incluso cuando residían en otros países.
La aplicación de la norma generó un elevado volumen de solicitudes. Según las cifras recogidas en la información original, más de 500.000 descendientes habrían obtenido la nacionalidad, mientras que el número de solicitudes habría rozado los tres millones. Estas cifras contribuyeron a alimentar el debate político sobre las consecuencias que podía tener la incorporación de nuevos ciudadanos al censo electoral.
Desde la oposición, Vox e Iustitia Europa cuestionaron la gestión de las inscripciones y alertaron sobre sus posibles repercusiones electorales. Ambos recurrieron a los tribunales para que se revisaran determinados aspectos del procedimiento. La controversia se ha desarrollado en paralelo a las críticas políticas sobre la utilización de la legislación y las garantías que deben regir la participación electoral.
El Gobierno rechaza la resolución
El Ejecutivo rechazó la decisión del Supremo y mostró su preocupación por las consecuencias que, a su juicio, puede tener para los ciudadanos afectados. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, calificó la resolución de “muy grave” y aseguró que “socava nuestra democracia”.
El Gobierno defendió que la decisión perjudica a españoles que habían adquirido la nacionalidad de acuerdo con la legislación vigente. Según las declaraciones recogidas en la información original, el Ejecutivo sostiene que más de 400.000 españoles podrían verse privados de su derecho al voto como consecuencia de la resolución.
La reacción del Gobierno contrasta con la satisfacción expresada por Vox, que considera el fallo un respaldo a sus denuncias sobre la gestión del censo electoral. Las distintas interpretaciones evidencian el carácter político de una controversia que, además de sus implicaciones jurídicas, afecta al derecho de participación de los ciudadanos españoles residentes en el extranjero.
La resolución del Supremo abre ahora una nueva etapa en el debate sobre la aplicación electoral de la Ley de Nietos. Mientras los partidos mantienen posiciones enfrentadas, el alcance práctico de la decisión y sus consecuencias para los ciudadanos afectados centran la discusión sobre las garantías del censo y el ejercicio del derecho al voto.